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¿Quieres saber cuándo prescriben las herencias? En el caso de bienes muebles, el plazo es de 6 años, mientras que para bienes inmuebles es de 30 años. Además, es importante tener en cuenta que la partición de la herencia no prescribe entre los coherederos.

¿Cuándo empieza a contarse el plazo de los treinta años? 

El plazo de los treinta años para reclamar una herencia comienza a contar a partir del fallecimiento de la persona que deja dicha herencia. Es decir, el contador se inicia en el momento en que el causante muere. 

Una vez que el causante fallece, los herederos tienen el derecho a reclamar la herencia durante esos treinta años. Es importante tener presente que este plazo no se refiere a la partición o reparto de la herencia entre los herederos, sino a la posibilidad de reclamación en sí. 

Es decir, durante esos treinta años, cualquier persona que tenga derecho a heredar puede presentar su reclamación y exigir su parte legítima de la herencia. Esto incluye a los herederos designados en testamentos, así como a los herederos legales en caso de no existir testamento. Es importante resaltar que no se trata del plazo para aceptar la herencia, sino que es el plazo que tiene cualquiera de los herederos de poder reclamar la herencia en sí. 

Cabe mencionar que, durante este plazo, es posible llevar a cabo la partición de la herencia entre los herederos, distribuyendo los bienes según las disposiciones legales o establecidas en un testamento. Sin embargo, la reclamación de la herencia en sí se puede hacer dentro de los treinta años posteriores al fallecimiento del causante. Además, es recomendable que, si vas a reclamar la herencia, cuentes con el asesoramiento de una gestoría en Móstoles que pueda ayudarte con todo el proceso.  

¿Quién tiene derecho a reclamar la herencia? 

La reclamación de una herencia surge cuando una persona tiene derecho a recibir la propiedad y los bienes dejados por el fallecido. En términos generales, los herederos legítimos tienen el derecho de reclamar la herencia. Estos herederos pueden ser determinados por ley o por disposición testamentaria. Es recomendable que antes de iniciar el proceso de reclamación de una herencia cuentes con el asesoramiento de un equipo de abogados de herencias en Móstoles.  

La ley establece un orden de sucesión que determina quiénes son los herederos legítimos en caso de que el fallecido no haya dejado un testamento válido. Generalmente, los herederos legítimos son los descendientes (hijos, nietos), el cónyuge y los ascendientes (padres, abuelos). 

En el caso de que exista un testamento válido, las disposiciones testamentarias determinarán quiénes son los herederos y en qué proporción recibirán la herencia. Estos herederos designados en el testamento también tienen el derecho de reclamar la herencia según lo establecido en el testamento. 

Aparte de los herederos legítimos y los herederos designados en un testamento, existen situaciones especiales en las que otras personas pueden tener derecho a reclamar una herencia. Por ejemplo, si una persona ha sido nombrada como legatario en un testamento, tiene derecho a recibir un bien o una cantidad de dinero específica. Los legatarios también pueden reclamar su parte de la herencia. 

Es importante destacar que cualquier persona que tenga derecho a reclamar la herencia, ya sea como heredero legítimo, heredero designado en un testamento o legatario, debe ejercer su derecho dentro de los plazos legales establecidos. El plazo varía dependiendo de varios factores, como el tipo de bienes, la existencia de discrepancias entre los herederos, y si se trata de una herencia testada o intestada. 

¿Se puede reclamar una herencia después de años? 

Una de las cuestiones que suelen generar dudas es si es posible reclamar una herencia después de transcurrido un largo periodo de tiempo. La respuesta es sí, se puede reclamar una herencia incluso después de años, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos legales

En primer lugar, es importante destacar que no existe un plazo límite establecido en el Código Civil para reclamar una herencia en concreto. Sin embargo, es fundamental tener en cuenta que el plazo de prescripción de los bienes muebles es de 6 años y el de los bienes inmuebles es de 30 años. Esto significa que, si ha pasado un período mayor a estos plazos desde el momento en que se adquirió el derecho a reclamar la herencia, podría haber caducado el derecho de reclamación. 

No obstante, existen situaciones en las que se pueden presentar excepciones. Una de ellas es la usucapión, que consiste en adquirir la propiedad de un bien mediante la posesión pacífica, pública e ininterrumpida durante un cierto período de tiempo. Si una persona ha tenido en su poder los bienes hereditarios de manera continua y con ánimo de ser el dueño durante un período determinado, puede llegar a adquirir la propiedad de dichos bienes por usucapión, incluso si ha pasado mucho tiempo desde el fallecimiento del testador. 

Por otro lado, es importante tener en cuenta que el plazo para impugnar un testamento es de 2 años a partir del fallecimiento del testador. Si existen discrepancias o desacuerdos sobre la distribución de la herencia establecida en el testamento, es necesario presentar la impugnación dentro de este plazo para que sea válida. 

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