El 15 de julio de 2025 se publicó en el BOE la Orden HAC/747/2025, que introduce modificaciones importantes en los modelos de declaraciones informativas que deben presentar entidades financieras, empresarios y profesionales. Estas novedades entrarán en vigor el 1 de enero de 2026 y afectarán de manera directa a la periodicidad y a la forma de presentar determinadas obligaciones tributarias.
Nuevos modelos aprobados
La Orden establece la aprobación de los siguientes modelos:
- Modelo 196: Declaración informativa mensual de cuentas en instituciones financieras y resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del capital mobiliario.
- Modelo 181: Declaración informativa de préstamos, créditos y operaciones financieras relacionadas con bienes inmuebles.
- Modelo 170: Declaración informativa mensual de operaciones realizadas mediante tarjetas o pagos asociados a números de teléfono móvil.
- Modelo 174: Declaración informativa sobre todo tipo de tarjetas.
Cambios en plazos de presentación
Uno de los aspectos más relevantes es la nueva periodicidad de algunos modelos:
- Los modelos 170 y 196 pasan a tener carácter mensual, debiendo presentarse en el mes natural siguiente al que se refiera la información.
- Los modelos 174 y 181 mantienen su naturaleza anual, con presentación en enero del año siguiente al ejercicio declarado.
Además, se modifica el modelo 171, relativo a imposiciones, disposiciones de fondos y cobros de documentos, que se actualizará para las declaraciones de 2026, a presentar en enero de 2027.
Entrada en vigor
La norma será aplicable a partir del 1 de enero de 2026:
- Para los modelos 170 y 196, las primeras declaraciones afectarán a enero de 2026 y deberán presentarse en febrero de ese mismo año.
- Para los modelos 171, 181 y 174, la aplicación será a las declaraciones correspondientes al ejercicio 2026, que se presentarán en enero de 2027.
Acreditación de no residentes
La disposición adicional única de la Orden introduce también la regulación sobre la forma de acreditar la condición de contribuyente del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, especialmente en lo relativo a la excepción de la obligación de retener sobre rendimientos de cuentas de no residentes.
Impacto para empresas y profesionales
Estos cambios exigen una mayor organización y control contable y financiero, especialmente por la nueva obligación mensual de los modelos 170 y 196. Para las empresas y profesionales:
- Será necesario reforzar los sistemas de reporte y conciliación de operaciones.
- La actualización de software contable será clave para cumplir con los nuevos diseños de registro publicados en la sede electrónica de la AEAT.
- Los plazos mensuales aumentan la exigencia de llevar la contabilidad al día para evitar sanciones.
El papel de IGS: gestoría en Móstoles a tu lado
En IGS, gestoría en Móstoles, sabemos que cada cambio normativo implica ajustes en la gestión interna de tu empresa. Por eso te ofrecemos:
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- Presentación de modelos tributarios dentro de plazo, tanto mensuales como anuales.
- Implantación de sistemas de control para cumplir con las nuevas obligaciones de la AEAT.
- Defensa y representación ante posibles requerimientos derivados de estas declaraciones.
Con nuestra ayuda, podrás adaptarte a la nueva normativa sin sobresaltos y con la seguridad de estar siempre al día.
Conclusión
La Orden HAC/747/2025 supone un avance en el control de la información tributaria, pero también un reto para empresas y profesionales que deberán presentar modelos con mayor frecuencia y precisión.
En IGS, tu gestoría en Móstoles, estamos preparados para acompañarte en esta transición, asegurando que cada obligación fiscal se cumpla correctamente y que tu negocio mantenga la tranquilidad necesaria para seguir creciendo.
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