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Los nuevos modelos de movimiento en las carreteras han exigido una evolución de la Ley de Tráfico. La DGT ha endurecido las sanciones de comportamientos negligentes como conducir usando el dispositivo móvil, adelantar peligrosamente a ciclistas, no hacer uso correcto del cinturón o llevar a los niños sin una retención adecuada. 

Entrada en Vigor

Tras más de un año de trámites parlamentarios desde que el Gobierno presentó por primera vez la propuesta de Ley y el Congreso de los Diputados aprobó el texto definitivo el pasado 2 de diciembre de 2021. Y tras meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el 21 de marzo de 2022 entró en vigor. El paquete de cambio incluye significativos cambios en los puntos y un endurecimiento de algunas sanciones. 

Principales Cambios

La principal prohibición es rebasar en 20 km/h el límite de velocidad para adelantar. Por tanto, se suprime la posibilidad que tienen los coches y las motocicletas de rebasar los límites genéricos de velocidad fijados en carreteras convencionales, cuando desarrollan una maniobra de adelantamiento a otros vehículos que circulan a menor velocidad. 

La meta de la nueva Ley de Tráfico de la DGT se centra en revisar las infracciones que restan puntos. Tráfico sostiene que está nueva ley es una herramienta fundamental para reducir la siniestralidad en las carreteras españolas. 

Los datos corroboran que a mayor penalización menor son las cifras de siniestros. En 2005 ( último año sin permiso por puntos) se cerró un total de 3.268 muertes en las vías interurbanas, según datos recogidos por la DGT.  En julio de 2016, cuando entró en vigor la anterior reforma de ley, el balance de víctimas mortales fue de 2.989 personas, y en el reciente estudio de 2021 recopiló la muerte de 1.004  personas por accidente de tráfico.

Distracciones al volante

Aumentan de 3 a 6 puntos las distracciones por utilizar cualquier dispositivo electrónico mientras se conduce. En este apartado Tráfico cambia un concepto por completo: sustituye la palabra utilizar por conducir sujetando con la mano cualquier dispositivo electrónico. 

Este concepto provocó que muchos conductores se librarán de la multa al ser muy complicado captar el momento exacto del uso del dispositivo.  Ahora es más sencillo, ya que la infracción asciende a 200 euros y conlleva 6 puntos por el mero hecho de sujetar el dispositivo con las manos. 

Cinturones de Seguridad

Aumenta de 3 a 4 puntos a detraer por no usar el cinturón de seguridad o no hacerlo de la forma adecuada. Además, esta misma sanción repercute al empleo del casco, el sistema de retención infantil y demás elementos de protección obligatoria. 1 de cada 4 fallecidos en accidentes de tráfico no llevaba puesto el cinturón de seguridad. 

Velocidad

La velocidad es un factor determinante en esta nueva Ley. Se suprime la posibilidad de rebasar a 20 km/h los límites de velocidad en carreteras convencionales cuando se adelanta a otros vehículos. 2 de cada 3 siniestros mortales que se producen en carreteras convencionales son como consecuencia de adelantamientos imprudentes. Concretamente, en 2019 se produjeron 239 fallecidos por colisión frontal en este tipo de vía. 

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Alcohol

El alcohol también va a ser un concepto esencial en esta nueva reforma. Los conductores menores de edad que conduzcan cualquier vehículo no podrán circular con una tasa superior a 0,0 tanto en sangre como en aire. Esta infracción no cambia, sigue tipificada como un delito muy grave, con 500 euros de multa. 

Ciclistas

La seguridad de los ciclistas se verá mejorada haciendo obligatorio, en vías con más de un carril por sentido, cambiar por completo de carril cuando se adelanten  a ciclistas o ciclomotores. Asimismo, se aumenta de 4 a 6 puntos de detraer cuando se adelante, poniendo en peligro la vida o entorpeciendo el paso del ciclista, sin dejar la separación mínima obligatoria de 1,5 metros. Además, se prohíbe estacionar en carril bici o en vías destinadas a ciclistas. 

Recuperación de los puntos del carnet 

Se unifica en 2 años el plazo sin cometer ninguna infracción para que cualquier conductor pueda recuperar la totalidad de sus puntos. Hasta la reforma de la Ley, este período variaba según la gravedad de la infracción cometida. Se ha simplificado este procedimiento de modo que sea más sencilla la comprensión y comunicación entre las autoridades y los afectados.

Cursos de conducción segura 

Si se desea recuperar los puntos del carnet antes de tiempo, el afectado puede realizar los diferentes cursos de conducción segura y eficiente. Una orden ministerial desarrolló los requisitos necesarios y las condiciones que se deben cumplir para la matriculación. Estos cursos se están consolidando para la formación adicional de los conductores infractores. 

Objetos en la vía 

Arrojar a la vía o sus intermediaciones objetos pasa de infracción grave a muy grave, ya que puede producir accidentes o problemas ambientales. Esta infracción supone la pérdida de 6 puntos y la sanción de 500 euros. 

Motoristas

Se autoriza la utilización de dispositivos inalámbricos certificados u homologados para los cascos de protección de los conductores de motos y ciclomotores, con fines de comunicación o navegación. Estos dispositivos no pueden afectar a la seguridad en la conducción. 

Otras novedades 

No se puede finalizar el resumen de esta reforma en la Ley de Tráfico, sin nombrar las novedades complementarias:

Contaminación 

Se introduce una nueva infracción grave, con multa de 200 euros, por no respetar las restricciones de circulación derivadas de los protocolos anticontaminación y las zonas de bajas emisiones. Esta pauta tiene vinculación con la nueva Ley de Cambio Climático y Transición Energética, que obliga a los municipios de más de 50.000 habitantes a establecer las zonas de bajas emisiones antes del 1 de enero de 2023. 

Fraude en el carnet de conducir 

Se introduce como infracción grave sancionada con 500 euros, utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados en las pruebas de obtención y recuperación del permiso de conducir. Además, el aspirante no podrá presentarse de nuevo a las pruebas en un plazo de 6 meses. 

Alcoholímetro antiarranque 

A partir del 6 de julio de 2022, los conductores de los vehículos destinados al transporte público por carreteras que dispongan de interfaz para la instalación de alcoholímetros antiarranque, estarán obligados a emplear estos dispositivos. De este modo, lo indica el Reglamento UE 2019/2144. 

Si deseas aumentar la información sobre esta nueva Ley de Tráfico, no dudes en contactar con nosotros. Además, si has tenido algún problema con Tráfico en Infogest Sur podemos asesorarte.

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